Cómo se cobra una indemnización?
Las leyes, decretos y resoluciones que integran el sistema de riesgos del trabajo están cambiando constantemente y han sido en gran parte declaradas inconstitucionales por afectar derechos del trabajador consagrados en nuestra Constitución y tratados internacionales.
Tómese su tiempo, infórmese adecuadamente y calcule su indemnización.
COMO SE COBRA UNA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO
1. Cuando usted o su empleador informan a la ART sobre el acaecimiento de un siniestro o una enfermedad profesional, la aseguradora tiene dos opciones:
- Acepta responder por el siniestro o enfermedad.
- Rechaza su responsabilidad (suele ocurrir, incluso, que guarde silencio).
Cuando la ART, sin justificativa atendible reniega de su responsabilidad, Ud. debe acudir a las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a fin de que ésta determine la naturaleza laboral del accidente o enfermedad.
2. Dentro de los 20 días de otorgada el alta médica por la ART, se iniciará el trámite para determinar su porcentaje de incapacidad y establecer cuál será la indemnización que la ART debe pagarle. Los pasos son los siguientes:
- La Superintendencia de Riesgos del Trabajo lo citará a una junta médica a la que se debe asistir con un abogado (si usted no tiene uno, la SRT se lo brindará gratuitamente).
- Si fuera necesario, la junta médica dispondrá la realización de estudios médicos. Además, pueden producirse y ofrecerse otro tipo de pruebas.
- El dictamen de la Comisión Médica -determinando o no un porcentaje de incapacidad- será emitido dentro de un plazo de 60 días contados desde la primera presentación. Este acto debe ser notificado al trabajador y su abogado dentro de tres días.
- Una vez consentido este procedimiento, la SRT citará al trabajador, su abogado y a la ART a una audiencia en la que se le informará cuál es la indemnización que se le ofrece. Si acepta esa suma, el procedimiento finaliza con acuerdo y el importe es depositado dentro de los cinco días de notificada su homologación. Si el trabajador no acepta, puede recurrir a la Justicia para obtener lo que en realidad le corresponde.